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Colima, Colima, 3 tres de marzo de 2017 dos mil dos mil diecisiete.

- - - - Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1° de la Constitución Local; 283, fracción X del Código Electoral del Estado; 14 y 66, párrafo segundo, ambos de la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 22, fracción XIV, 39 y 46, inciso a) del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado, y en cumplimiento de lo ordenado en el ACUERDO dictado con esta fecha, por el Licenciado Guillermo de Jesús Navarrete Zamora, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado, a fin de conceder la garantía de audiencia a los posibles terceros interesados en el presente asunto, se hace del conocimiento público que a las 22:44 veintidós horas con cuarenta y cuatro minutos del 2 dos de marzo de 2017 dos mil diecisiete, el ciudadano RAFAEL MENDOZA GODÍNEZ, presentó lo que denominó como Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales en el que identifica como acto reclamado: “DECRETO NÚMERO 274 que contiene las Conclusiones dentro del expediente de Juicio Político 014/2016 del Índice de la Comisión de Responsabilidades del H. Congreso del Estado de Colima; instaurado en mi contra; aprobado el día 25 veinticinco de Febrero del año 2017  en Sesión Ordinaria del Congreso del Estado”, radicado en este Tribunal local con la clave y número JDCE-07/2017.- - - - - - Cédula que se fijan en los estrados y en la página electrónica de este órgano jurisdiccional a las 11:00 once horas, el 3 tres de marzo del año en curso, por el plazo de 48 cuarenta y ocho horas, para que los terceros interesados estén en oportunidad de concurrir al procedimiento.- - - - - - - - - - - - -

 

SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS

DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO

 

 

 

LIC. ENOC FRANCISCO MORÁN TORRES