CÉDULA DE PUBLICITACIÓN
Colima, Colima, a 1° primero de noviembre de 2014 dos mil catorce.
- - - - Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1° de la Constitución Local; 283, fracción X del Código Electoral del Estado; 14 y 66, párrafo segundo, ambos de la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; 22, fracción XIV, 39 y 46, inciso a) del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Estado, y en cumplimiento de lo ordenado en el ACUERDO dictado el 31 treinta y uno de octubre de 2014 dos mil catorce, por el Licenciado Guillermo de Jesús Navarrete Zamora, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado, a fin de conceder la garantía de audiencia a los posibles terceros interesados en el presente asunto, se hace del conocimiento público que siendo las 14:26 catorce horas con veintiséis minutos pasado meridiano, del 31 treinta y uno de octubre del año en curso, BEATRIZ FLETES VALDOVINOS, en su carácter de ciudadana, presentó el Juicio para la Defensa Ciudadana Electoral para controvertir, lo que considera es la omisión realizada por el Comité Directivo Municipal de Colima, Comité Directivo Estatal y Registro Nacional de Militantes, todos del Partido Acción Nacional, respecto del trámite de su solicitud de afiliación al referido partido político y solicita que este Tribunal Electoral Local declare en su favor la figura jurídica de la Afirmativa Ficta, radicado con la clave y número JDCE-31/2014.-
- - - - Cédula que se fijan en los estrados y en la página electrónica de este órgano jurisdiccional a las 13:06 trece horas con seis minutos, el 1° primero de noviembre del año en curso, por el plazo de 48 cuarenta y ocho horas, para que los terceros interesados estén en oportunidad de concurrir al procedimiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO
LIC. ENOC FRANCISCO MORÁN TORRES