PRESENTACIÓN E INTRODUCCIÓN.

 

El año 2006, no es uno más en el tiempo, ha sido para los colimenses un año particularmente significativo.

 

Fue un año electoral, ya que en este se celebró el proceso para renovar a los integrantes de la Legislatura Local, y de los 10 Ayuntamientos, lo cual seguramente trascenderá a la vida democrática y en la cultura de la legalidad de ésta Entidad Federativa.

                             

Es indudable que los proceso comiciales de ésta última década, han ido modificando el mapa político del país y de nuestro Estado.

 

En los Ayuntamientos coexisten Presidentes, Regidores, y Síndicos de partidos diferentes; Gobiernos Estatales que conviven con Gobiernos Municipales y diputados de distintos institutos políticos, incluso el Ejecutivo Federal, tiene que acudir a nuevas relaciones con un Congreso Federal y Gobiernos Locales de origen partidario diferente.

 

Esta dinámica, necesariamente ha transformado las relaciones entre los poderes, donde la colaboración entre éstos debe ser responsable y puntual. En este contexto, las elecciones empiezan a ser realidad lo que la teoría nos dice: fuente de legitimidad de los representantes populares y oportunidad para que los ciudadanos opten entre las diversas ofertas políticas.

 

En el reciente proceso electoral, los ciudadanos y los partidos políticos participaron en esta contienda cívica, al ejercer su derecho al voto y al registrar a sus candidatos a los cargos de  elección popular e instaron los medios de defensa para impugnar los actos y resoluciones de las autoridades electorales, cuando consideraron que habían sido violados sus derechos. En la resolución de los recursos y dentro del ámbito de su competencia, el Tribunal Estatal Electoral, cumplió con su función al dictar sus fallos conforme a los principios de Constitucionalidad y Legalidad.

       

La información rendida en este documento, recoge las acciones que describen las actividades, en sus aspectos, jurídico, administrativo y financiero realizadas por éste órgano jurisdiccional electoral en este lapso.

 

Nuestra pretensión es que no sea únicamente el cumplimiento de un imperativo constitucional y legal, sino que también contribuya para quienes desean profundizar en el terreno de la temática electoral y en especial en el sistema contencioso en el Estado.

 

Espero que el presente documento cumpla clara y suficientemente las expectativas de informar al Pleno de este Órgano Jurisdiccional, a la ciudadanía en general  y a los demás actores políticos de nuestro Estado,  quienes fueron los principales protagonistas en las elecciones populares celebradas en nuestra entidad en el año que transcurre.

 

CIUDADANOS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL  ELECTORAL DEL ESTADO:

 

En cumplimiento con lo previsto por el artículo 322, fracción XII,  del Código Electoral del Estado de Colima, comparezco ante este Órgano Colegiado a rendir el informe que corresponde al término de cada proceso electoral.

       

En el siglo XXI, la democracia se encuentra en el centro del debate político. Para su correcta dimensión y comprensión, debemos apreciarla no sólo como forma de gobierno, sino también como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. Así, no puede concebirse exclusivamente como método para la renovación de las estructuras del poder público. Implica además, un conjunto de valores principios y normas de convivencia social, y si bien las elecciones son consustanciales a la democracia y como se afirma acertadamente, no se agota en ellas, exige una mayor participación general popular en las decisiones del Estado, en la observancia de la ley y de valores que hacen posible la vida y el bienestar social.

         

En el contexto de un país y estado que viven en procesos electorales inéditos en nuestra historia política, principalmente por su alto grado de competencia, existen dos valores fundamentales de nuestra democracia, a los que me voy a  referir: La tolerancia y el Estado de Derecho. La primera consiste en el reconocimiento de la pluralidad, que el otro u otros pueden pensar diferente, justamente porque la diversidad conlleva a la existencia de puntos de vista distintos al nuestro, los cuales tiene igual validez y la posibilidad cualquiera de tener la razón.

        

La tolerancia constituye una virtud cívica, representa uno de -los valores éticos de la democracia que se traducen en el mínimo consenso social necesario para que un régimen político funcione de manera civilizada. El demócrata es aquel que respeta las diferencias y por consecuencia puede convivir pacíficamente con sus adversarios políticos. Si hoy existen amenazas contra la paz mundial, estas provienen del fanatismo, de los prejuicios, de la creencia ciega en una verdad y en la fuerza como medio para imponerla.

 

De aquí que resulte imposible concebir el dialogo, el pluralismo, la legalidad o las elecciones sin tolerancia. Lo anterior impone estimar que en el mundo actual es un valor indispensable y que su práctica constante es la demostración de que se han superado épocas de intolerancia religiosa, política y social.

 

Sin embargo, el reto de vivir en pluralidad, no puede llevar a las fracturas y divisiones. Hay que evitar que opere disgregadamente. No debemos olvidar que Colima y México, son nuestro lugar común, y a pesar de las diferencias, necesitamos de la capacidad de todos para lograr consensos, la identidad política, la discusión en unidad para aspirar a mejores escenarios que permitan el desarrollo nacional y estatal.

 

Frente a la tolerancia esta la libertad, la igualdad, la justicia, el Estado de Derecho.

 

El Sistema Legal, es el fundamento más importante de la democracia y representa la única vía de solución pacifica.  De los conflictos. La razón de ser de las normas jurídicas es lograr la convivencia social.

 

El imperio de la ley es condición de la existencia de la Sociedad y del Estado, por consecuencia la Ley debe ser acatada por todos, gobernantes y gobernados. Fuera de esta premisa, sin este postulado, el Estado y la Sociedad no cumplirían con su finalidad, que es vivir en armonía para propiciar el bienestar común.

         

En un Estado de Derecho, el poder público ésta subordinado y la justicia se otorga a quien le asiste la razón jurídica, pues de ello depende la prevalencía de la ley, sobre todo régimen de excepción, de impunidad y de arbitrariedad.

         

Precisamente, para dar cumplimiento al principio de legalidad, y para preservar el Estado de Derecho en materia comicial, se crearon en México y en nuestro Estado los Tribunales Electorales, que vinieron a sustituir instancias que resolvían las cuestiones electorales mediante los arreglos o la fuerza de la política y no del mandato de la Ley.

 

Así, hemos transitado de un sistema de resoluciones de los conflictos electorales predominantemente político a otro judicial.

 

Para lograr la justicia electoral se ha previsto un sistema contencioso que otorga a los ciudadanos y a los partidos políticos, los medios de impugnación para hacer valer sus derechos. A través de este sistema los partidos políticos y los ciudadanos, por trascripción de la ley, tienen a su alcance los instrumentos jurídicos, las instancias y recursos, para oponerse a aquellos actos y resoluciones en los que insista una incorrecta o inexacta aplicación de la legislación electoral. Luego entonces, si existen los medios de defensa para conducirse por los caminos que la ley nos ofrece para la protección de nuestros derechos o intereses, si se provee de las vías jurisdiccionales, éstas deben de agotarse y privilegiarse a cualquier acto que violente la paz social y la vida institucional.

 

Los Tribunales, tenemos como tarea fundamental producir, crear confianza, cumplir con la demanda social de garantizar la justicia que redima a través de nuestros actos y resoluciones; sin embargo esa credibilidad no se puede cargar sólo a las instituciones, sino que se hace necesario un compromiso compartido con los actores políticos y demás autoridades, sobre la capacidad y madurez política que tenemos para sostener una vida democrática de respeto a las leyes y a las instituciones encargadas de su aplicación. Dicho de otro modo, es necesario plantearlos si los actores políticos y las instituciones estamos realmente comprometidos con el marco electoral y con su estricta aplicación.

 

México y Colima, deben en estos tiempos arribar con realismo fundado a la ley, la tolerancia y la razón. Como país y como Estado deberán de reformar su espíritu y cultura democrática y proyectar lo que somos, lo que tenemos y lo que queremos ser. Un país que aspira a la evolución social y política,  que respete las diferencia pero amplíe los valores comunes, que fortalezca la fe en la justicia y la seguridad de que en este Tribunal encontramos un instrumento eficiente y promisorio para lograr la democracia y el respeto a la ley.

 

El informe que se rinde, resume las actividades de las áreas que conforman este Tribunal Electoral, entre las que se encuentran el Pleno, la Presidencia, la Secretaría General de Acuerdos, la   Oficialia Mayor, y abarca las actividades a partir de que se integró el Pleno del Tribunal Electoral, hasta la fecha en que concluyó el proceso electoral.

 

Expondré una reseña concreta, respecto de las principales actividades de carácter jurisdiccional, de capacitación que se desarrolló dentro del período que se informa, dando cuenta de los medios de impugnación que fueron presentados en el proceso electoral, así como de los principales criterios adoptados en las resoluciones que dictó este Tribunal.

 

Espero que el presente documento cumpla clara y suficientemente las expectativas de informar al Pleno de este Tribunal Electoral, a la ciudadanía en general y a los demás actores políticos de nuestro Estado, quienes fueron los principales protagonistas en las elecciones populares celebradas en la entidad durante el año 2006.

 

I.          INSTALACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL EN PLENO

 

Con motivo de las reformas al Código Electoral del Estado de Colima, que se publicaron en el Periódico Oficial de la entidad el día 02 de julio y 31 de agosto del 2005, se estableció en su artículo 313, que el Tribunal se instalará e iniciará sus funciones en la primera quincena del mes de enero del año de la elección.

 

En tal virtud, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Colima, celebró Sesión Plenaria Ordinaria Solemne el 05 de enero del año 2006, en la que se acordó la instalación y el inicio de funciones, con los señores Magistrados: Rigoberto Suárez Bravo, Ángel Durán Pérez y el de la voz.

        

 

II. ACTIVIDAD Y FUNCIÓN JURISDICCIONAL

 

Durante el proceso electoral, nuestro Tribunal fue un órgano autónomo en su funcionamiento e independiente  en sus decisiones, de pleno derecho y máxima autoridad jurisdiccional electoral en el Estado, destacando las siguientes:

 

A. MEDIOS DE IMPUGNACIÓN INTERPUESTOS DENTRO DEL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2006

 

Se interpusieron un total de 43 medios de impugnación, los cuales fueron turnados a los magistrados integrantes de este órgano electoral, de conformidad a las reglas preestablecidas.

 

Los medios de impugnación fueron fallados en 31 sesiones públicas de resolución.

 

De los cuales 19 correspondieron a recursos de apelación, que se hicieron valer en contra de diversos actos y resoluciones dictados por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, que se relacionaron básicamente con el registro y financiamiento de los partidos políticos, así como sanciones a los mismos, siendo los partidos que más apelaciones interpusieron la Coalición “Alianza por Colima” con 5, el Partido Acción Nacional con 4 y la Coalición “Por el Bien de Todos” con 3.

 

En lo que respecta a los recursos de inconformidad fueron un total de 24, que se hicieron valer en contra de actos y resoluciones emitidos por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado y los Consejos Municipales de la Entidad, y que correspondían a los resultados de las elecciones de diputados locales por ambos principios de representación, así como de las elecciones de los munícipes que conforman los Ayuntamientos de nuestro Estado.

 

En la vía de procedimientos especiales, que son asuntos que atañen a la materia laboral y administrativa, interpuestos por servidores públicos o ciudadanos respectivamente, sólo se interpuso una queja de responsabilidad administrativa.

 

Una de las particularidades que se desprenden del proceso electoral ordinario 2006, es que, con respecto al proceso del año 2003, se advierte un considerable decremento en las inconformidades, pues mientras que en el proceso electoral del 2003 se interpusieron 37 recursos de inconformidad, en el pasado proceso 2006 se presentaron 24 recursos, lo que revela una disminución de un 35%, decremento, que a nuestro juicio se debió, a que no se celebró elección para gobernador, o que la diferencia en la votación entre los primeros y segundos lugares era considerable, y sobre todo la transparencia y legalidad con que se llevaron a cabo las elecciones, lo que orilló a los partidos políticos y candidatos contendientes, a no impugnar en sus causas, ante la inefectiva posibilidad de revertir los resultados.

 

 

1. RECURSOS DE APELACIÓN

 

Dentro del periodo que comprendió el proceso electoral ordinario, se recibieron 19 recursos de apelación, a través de los cuales diversos partidos y coaliciones impugnaron actos y resoluciones dictados por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima.

 

En este rubro de impugnaciones, se arrojan los siguientes datos:

 

·        Coalición “Alianza por Colima”, 5 recursos y 3 como tercero interesado;

 

·        Partido Acción Nacional, 4 recursos y 2 como tercero interesado;

 

·        Coalición “Por el Bien de Todos”, 3 recursos y 1 como tercero interesado;

 

·        Coalición “Vamos con López Obrador”, 2 recursos;

 

·        Partido Alternativa Social, Demócrata y Campesina, 2 recursos;

 

·        Partido Verde Ecologista de México, 1 recurso;

 

·        Asociación por la Democracia Colimense, Partido Político Estatal, 1 recurso;

 

·        Marco Antonio Parra Gutiérrez, 1 recurso.

 

Las resoluciones fueron dictadas en el siguiente sentido:

 

·        En 3 se confirmó el acto o resolución impugnada;

 

·        En 3 se revocó el acto o resolución impugnada;

 

·        En 9 se modificó el acto o resolución impugnada;

 

·        2 se desecharon; y

 

·        2 se resolvieron para efectos.

 

 

2. RECURSOS DE INCONFORMIDAD

 

De la totalidad de los 24 recursos de inconformidad interpuestos, se tiene que en 14 de ellos se impugnaron los resultados contenidos en las actas de cómputo en las elecciones de diputados locales, habiendo correspondido 9 impugnaciones a elecciones de diputados de mayoría relativa, 5 combatiendo la asignación de diputados de representación proporcional; de los 10 recursos restantes, 9 se interpusieron para impugnar los resultados de las actas de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección, y el otorgamiento de la constancia de mayoría expedida a las planillas triunfadoras y, 1 para impugnar la asignación de regidores de representación proporcional.

 

La interposición de los recursos de inconformidad correspondió a los siguientes institutos políticos:

 

·        Coalición “Alianza por Colima”, 8 recursos;

 

·        Partido Acción Nacional, 6 recursos;

 

·        Coalición “Vamos con López Obrador”, 4 recursos;

 

·        Coalición “Por el Bien de todos”, 3 recursos;

 

·        Partido Verde Ecologista de México, 1 recurso;

 

·        Partido del Trabajo, 1 recurso;

 

·        Asociación por la Democracia Colimense, Partido Político Estatal, 1 recurso.

 

Las resoluciones fueron dictadas en los siguientes sentidos:

 

·        En 21 se confirmó el acto o resolución impugnada;

 

·        En 2 se desecharos los recursos; y,

 

·        En 1 se sobreseyó el recurso.

 

De las Resoluciones pronunciadas por el Pleno del Tribunal Electoral, dentro de los recursos de inconformidad, respecto de las elecciones de diputado por mayoría relativa y de Ayuntamientos, sólo se declaró la anulación de la votación recibida en 1 casilla con 481 votos, de un total de 287 casillas impugnadas, por haberse acreditado la causal de nulidad prevista en a fracción VIII, del artículo 69, de la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, por error en el cómputo de votos, siendo ésta la 47 Básica de la elección para Presidente municipal, Síndico y Regidores, correspondiente al Municipio de Colima.

 

Cabe hacer mención que las 287 casillas, es el total que se impugnaron en dichas elecciones, no obstante que la votación recibida en la alguna de las casillas, fue combatida en más de una ocasión, al ser impugnada por diferentes partidos políticos o coaliciones y por diversas causales de nulidad, lo cual incrementó considerablemente el número de casillas examinadas al resolverse los recursos.

 

Según el Convenio de Colaboración, celebrado por el Consejo General del Instituto Electoral de Estado de Colima y el Instituto Federal Electoral, el 12 de enero de 2006, las casillas electorales que se instalaron en la Entidad fueron  750, por tanto, sí este Tribunal Electoral, decretó la nulidad de la votación recibida en 1 de ellas, puede concluirse que solamente un 0.13 % de las casillas instaladas, sufrió la nulidad de la votación recibida en ellas.

 

Ahora bien, según el listado nominal de electores, cabía la posibilidad de que 409,940 ciudadanos ejercieran el sufragio, sin embargo, de acuerdo a los resultados oficiales dados por el Instituto Electoral del Estado de Colima, sólo ejercieron su derecho de voto 251,256 ciudadanos, lo que refleja que se recibió la votación de un 61.29% de los ciudadanos empadronados, por lo tanto, si el Tribunal Electoral, decretó la nulidad de 481 votos, se puede colegir que tan sólo se anuló un 0.19% de los votos recibidos.

 

Por tal razón, se puede concluir que el porcentaje de casillas que sufrieron nulidad de votación, es del orden de 0.13 %, en otras palabras, menos de un punto porcentual del universo que comprende las 750 casillas que se instalaron para recibir la votación en la elección de munícipes, y la anulación de los 481 votos, representa el 0.19%, de la votación total emitida en las elecciones municipales, que ascendió a 251,256 votos, en otras palabras, menos de un punto porcentual, por lo que podemos hablar de que fueron elecciones transparentes y apegadas a la legalidad.

 

 

 

 

 

 

 

En otro orden de ideas, del total de impugnaciones interpuestas en contra de los resultados de las elecciones de diputados de mayoría relativa, se tiene que fueron impugnados 08 distritos, de los 16 que conforman la circunscripción electoral en el Estado de Colima, lo que se traduce en que solamente en un 50 % de los distritos se impugnó la votación.

 

No omito señalar, que como un servicio para los partidos políticos o público en general, se estuvo actualizando la pagina web del Tribunal Electoral, en particular el apartado de Resoluciones, en donde en forma inmediata, pudieron consultar las resoluciones que iban siendo aprobadas por este órgano jurisdiccional, durante el proceso electoral que acaba de concluir.

 

 

 

 

 

 

3. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

 

Durante el periodo que se informa sólo se presentó 1 queja de responsabilidad administrativa, misma que fue interpuesta por el ciudadano ERNESTO MÁRQUEZ SALAZAR, en contra del Secretario General de Acuerdos, la que se radicó bajo el expediente núm. TEE-01/2006, y mediante resolución de fecha 10 de julio de 2006, fue declarada como improcedente.

 

4. INTERPOSICIÓN DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN DE CARÁCTER FEDERAL

 

En contra de las resoluciones dictadas por este Tribunal Electoral, se interpusieron 26 medios de impugnación de carácter federal, habiendo correspondido 24 demandas a Juicios de Revisión Constitucional Electoral y, 2 demandas a Juicios de Protección de los Derechos Políticos de los Ciudadanos.

 

La interposición de los Juicios de Revisión Constitucional se distribuyó de la siguiente manera:

 

·        Coalición “Alianza por Colima”, 12 juicios;

 

·        Partido Acción Nacional, 5 juicios;

 

·        Coalición “Vamos con López Obrador”, 3 juicios;

 

·        Coalición “Por el Bien de todos”, 3 juicios;

 

·        Partido del Trabajo, 1 juicio;

 

Por su parte la interposición de los Juicios de Protección de los Derechos Políticos de los Ciudadanos, los hicieron valer:

 

·        Patricia Lugo Barriga;

 

·        Alfredo Paz Ponce.

 

El sentido de las resoluciones dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, fueron los siguientes:

 

·        23 sentencias confirmaron las resoluciones dictadas por este órgano electoral;

·        3 sentencias del órgano judicial federal, modificaron el sentido de las resoluciones dictadas por este Tribunal Electoral;

 

Las resoluciones dictadas con fecha 29 de mayo y 12 de julio de 2006, por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en los Juicios de Revisión Constitucional Electoral, promovidos por el Partido Acción Nacional, radicados bajo los expedientes número SUP-JRC-146/06 y SUP-JRC-168/06, respectivamente, modifican el sentido de nuestros fallos y confirman la participación del Lic. Jorge Luis Preciado Rodríguez, como candidato a Diputado Local por ambos principios de representación. 

 

La resolución dictada con fecha 21 de septiembre de 2006, por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el Juicio de Revisión Constitucional Electoral, expediente número SUP-JRC-342/06, promovido por el Partido Acción Nacional, le asignó a dicho instituto político un diputado más por el principio de representación proporcional.

 

Por lo que si tomamos en cuenta, que este Tribunal resolvió 43 expedientes, y las resoluciones dictadas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que modificaban el sentido fueron únicamente 3, podemos afirmar que el porcentaje de efectividad alcanzado por nuestro Tribunal fue el 93.02%. 

 

III. PRINCIPALES CRITERIOS JURISPRUDENCIALES FEDERALES ADOPTADOS POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA.

 

Este Tribunal Electoral, resolvió los medios de impugnación, tomando como base las disposiciones Constitucionales Federales y de la Entidad, así como lo previsto en la Ley en la Materia, y en sus pronunciamientos, recogió los criterios obligatorios y orientadores, que se desprenden de las tesis jurisprudenciales y relevantes, que ha emitido la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IV. ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS

 

Con la finalidad de hacer frente al proceso electoral 2006, el Honorable Pleno instruyó a la Oficial Mayor a realizar las acciones necesarias para una obtener una eficiente y eficaz administración del Tribunal. Se le indicó adecuar las instalaciones, adquirir el equipo necesario y mantener al equipo de oficina e informático en óptimas condiciones; para ello se aprobaron los siguientes acuerdos:

 

A. Presupuesto 2006

 

En la primera sesión extraordinaria del período de receso de fecha 12 de octubre de 2005, se sometió a la aprobación del Pleno, la propuesta que elaboré del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2006, determinándose la conformación presupuestal de cada uno de los programas y ajustándolo a las directrices de austeridad, y en los términos de la fracción VII del artículo 320 del Código Electoral del Estado, se remitió copia al Honorable Congreso del Estado.

 

PRESUPUESTO 2006

 

$ 10, 047, 181.00

 

B. Adquisiciones de bienes

 

Con la finalidad de que nuestros trabajadores laboraran en mejores condiciones y de cuidar la imagen de nuestro Tribunal se autorizó, la adquisición de mobiliario de oficina, para las áreas de la Secretaria General de Acuerdos, Proyectos, Oficialía Mayor, área común secretarial y recepción.

Ante la carga de trabajo y los tiempos tan cortos para resolver los recursos que nos concede la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y lo obsoleto de nuestro equipo, se adquirió copiadora impresora de red marca TOSHIBA y con la finalidad  de hacer más eficiente y veloz el trabajo, adquirimos un scanjet con mayor capacidad de scaneo de texto a texto, reduciendo con éste los tiempos de mecanografía de expedientes. 

 

Con el objetivo de darle formalidad y sobriedad a los actos que ahí se desarrollan, se adecuó la Sala de Pleno.

 

Con el propósito de mantenernos actualizados los integrantes de este Tribunal Electoral, se adquirieron libros y discos compactos de diversas legislaciones.

 

Para mantener la homogeneidad, identidad y el buen aspecto, se adquirieron uniformes de uso diario para todo el personal que labora en este Tribunal Electoral.

 

 

 

 

 

 

 

C. Recursos Humanos

 

Respecto a este punto el Honorable Pleno, no aprobó nombramiento, licencia, ni renuncia alguna, sin embargo, es importante resaltar que se contrató, un proyectista con carácter temporal, con motivo del proceso electoral 2006, por tal razón, deseo aprovechar esta ocasión para hacer un público reconocimiento a todo el personal por su labor, a nombre de todos los magistrados, les agradecemos su dedicación, entusiasmo, esfuerzo, sacrificio y su eficiente colaboración en las labores de este Órgano Electoral, que hizo posible cumplir en sus términos las disposiciones legales que rigen a esta Institución, resolver en tiempo y forma, todos y cada uno de los medios de impugnación puestos a nuestra consideración.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

D. Actividad Editorial 

 

Con el firme propósito de contribuir, impulsar y promocionar  un mayor interés de la ciudadanía en el Derecho Electoral, y de realizar la tarea de difusión en esta materia, este organismo comicial ha continuado con su labor de acercar los instrumentos de consulta a los lectores interesados, actores políticos o especialistas del ramo.

 

 

 

 

 

 

     1. Revista “COLEJUS

 

Por ello, durante el período que se informa se llevaron a cabo actividades editoriales, como la elaboración y publicación del segundo ejemplar de nuestra revista jurídica electoral denominada “COLEJUS” (Constitucionalidad, legalidad y Justicia).

 

La edición de esta revista, cuyos ejes temáticos son el análisis de aspectos jurídicos, electorales, políticos y sociales, resulta esencial, toda vez que contribuye a la divulgación y promoción de la cultura democrática. Dicho texto se distribuye gratuitamente a los partidos políticos, servidores públicos, legisladores y autoridades jurisdiccionales electorales, tanto en el Estado como en otras entidades federativas.

 

En su contenido, entre otros apartados, encontramos:

 

a) Un análisis de la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, del Estatuto de los Servidores del Tribunal y el Reglamento Interior del propio Tribunal.

 

b) Un estudio sobre la Reforma Electoral en el Estado, que consiste en una breve explicación sobre los temas más relevantes de las modificaciones realizadas a los textos de la Constitución Política Local y del Código Electoral del Estado; de igual manera se hace un análisis sobre las tres acciones de inconstitucionalidad que, contra la reforma electoral local y de la Ley de Medios de Impugnación, interpusieron el PRD y la PGR.

 

c) Información sobre la asistencia y participación de los Magistrados del Tribunal al Seminario Internacional “Los Nuevos Retos de la Democracia en México”, en Cocoyoc, Morelos.

 

d) Información sobre el Curso-Taller de Capacitación sobre Valoración de Pruebas y Redacción de Sentencias, impartido a los Magistrados y al personal jurídico de este Tribunal por las Magistradas de la V Sala Regional del TEPJF, Dra. Macarita Elizondo Gasperín y Lic. Adriana Margarita Favela Herrera, respectivamente.     

 

e) Dos artículos jurídico-electorales elaborados por los Magistrados de este órgano jurisdiccional: uno, por el Lic. Rigoberto Suárez Bravo denominado “La Jornada Electoral” y, otro, por el Lic. Julio César Marín Velásquez Cottier, intitulado “Reelección o Ampliación del Período del Mandato Popular en el ámbito Local”.

 

f) Un artículo bajo el título “Régimen Jurídico de los Magistrados que Integran las Salas Regionales del Tribunal Electoral”,  elaborado por el Ministro de la SCJN Dr. José Ramón Cossío Díaz.

 

g) Entrevista al  Magistrado Presidente Lic. René Rodríguez Alcaraz.

 

 

 

 

 

      2. Compendio Legislación Electoral

 Por otra parte, se elaboró y editó una Compilación de Legislación Electoral, cuyo contenido se conforma con los artículos relacionados con la materia electoral, que establece nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, el Código Electoral del Estado, la Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, el Reglamento Interior del Tribunal Electoral, la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, en su parte conducente y los artículos del Código Penal del Estado relativos a los delitos electorales, los cuales fueron distribuidos a los distintos organismos electorales de nuestro Estado, ya del ámbito federal, como estatal y municipal, instituciones políticas, funcionarios relacionados con la impartición de justicia electoral de diversas entidades de la república, y entre los servidores públicos de este órgano jurisdiccional.

 

Agradecemos al licenciado Jesús Silverio Cavazos Ceballos, Gobernador Constitucional del Estado de Colima, por el apoyo otorgado para la impresión de ésta importante obra.

 

Igualmente deseamos hacer patente, un especial reconocimiento a los Magistrados Supernumerarios licenciada Maria Elena Díaz Rivera y al licenciado Julio César Marín Velázquez Cottier, quienes no obstante de estar fungiendo como Supervisores de Proyectistas del Tribunal Electoral, brindaron su valioso tiempo para colaborar en la producción de esta obra.

 

V. ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN DIVERSOS EVENTOS

 

Con la finalidad de propiciar una mayor preparación y profesionalización de los servidores públicos que integran este H. Tribunal Electoral, y como una estrategia permanente, se organizaron cursos de capacitación y actualización en la materia, previo a la jornada electoral.

 

 

CURSO-TALLER

 

Los días 13, 14, 20 y 21 de enero de 2006, tuvo lugar en la sede del Tribunal Electoral, el Curso-Taller Capacitación sobre Valoración de Pruebas y Redacción de Sentencia, impartidos por las Magistradas de la V Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,  Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín y Licda. Adriana Margarita Favela Herrera.

Se asistió al ciclo de conferencias denominado “Delitos Electorales, en el Marco de la Elección Federal para el 2006” y “Causales de Nulidad en el Marco de la Elección Federal para el 2006”; Este evento se realizó por conducto del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, mismo que se llevó a cabo en el salón de presidentes municipales de la Casa de la Cultura de esa localidad el 1º de marzo de 2006.

 

 

 

 

 

De igual forma se participó en el “Seminario de Argumentación, Interpretación Constitucional y Simplificación de Sentencias”, celebrado los días 24 y 25 de febrero; 3, 10 y 17 de marzo de 2006, en la Casa de la Cultura Jurídica “Miguel González Castro”, en esta ciudad de Colima; este evento fue promovido y organizado por el La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica y Estudios Históricos.

 

Con miras a los comicios electorales que estaban próximos a celebrarse en la entidad, el Tribunal Electoral, en coordinación con el Instituto Electoral del Estado de Colima, organizaron del 22 al 28 de mayo de 2006, el curso de capacitación electoral, dirigido a los servidores públicos de ambas Instituciones y demás organismos electorales de la entidad.

 

Entre algunos de los temas que se impartieron destacan los siguientes:

 

·        La argumentación,

·        Los sistema de Medios de Impugnación,

·        Las nulidades,

·        El Juicio de Revisión Constitucional,

·        La valoración de pruebas y alcances de las jurisprudencias electorales,

·        El Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano,

·        El Juicio de Inconformidad y el Recurso de Reconsideración.

 

Participando como ponentes los Magistrados de la Sala Regional Toluca, 5ª Circunscripción Plurinominal, Licda. Adriana Margarita Favela Herrera, Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín y Dr. Carlos A. Morales Paulín, así como el Maestro Héctor Daniel García Figueroa, del Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,  a quienes refrendamos nuestro agradecimiento.

 

También se participó del 02 al 06 de octubre del año 2006, en el 1er. Curso sobre “Interpretación y Argumentación Jurídica”, celebrado en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas, convocado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en coordinación con la Agencia Española de Cooperación Internacional, dentro del marco del CONVENIO DE ADHESIÓN AL “FONDO MIXTO DE COOPERACION TÉCNICA Y CIENTÍFICA MÉXICO-ESPAÑA”, el cual se diseño en forma de seminarios temáticos, lejos del esquema rígido de la conferencia magistral, lo que propicio el intercambio de opiniones, ideas y experiencias, así como la confrontación de argumentos en un ambiente de cordialidad y de colaboración, mismo que tuvo una duración de 30 horas.

 

En esa ocasión tuvimos oportunidad de participar en las conferencias magistrales del Dr. Juan Antonio Cruz Parcero, con el tema “Teoría de la Argumentación”; al Lic. Jaime Cicourel Solano, con “La Argumentación en Materia de Hechos”; al Dr. Rolando Tamayo y Salmorán con la Conferencia-Taller “El juego de Argumentar; al Dr. Juan Ruiz Manero, con la Conferencia-Taller “Principios, Objetivos y Derechos” y “Una teoría principalista de las lagunas”, y al Dr. Javier Ezquiaga Ganuzcas, con la Conferencia-Taller “Aplicación Judicial del Derecho” y “La Argumentación en la Justicia Constitucional Mexicana”



 

 

 

 

 

 

 

 

Dentro del proyecto denominado “Mejora en la especialización de los Tribunales Electorales de las Entidades Federativas de la República Mexicana en Materia Jurídica Electoral y de Gestión”, ejecutado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Agencia Española de Cooperación Internacional y doce Tribunales Electorales Estatales, del dos al seis de octubre de 2006, en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas, se realizó el primer curso sobre interpretación y Argumentación Jurídica para Magistrados de Tribunales Electorales Estatales.

El programa de actividades estuvo integrado de la siguiente forma:

Lunes 2 de octubre: De 9:30 – 12:30 Conferencia - Taller “Teoría de la argumentación”, impartida por el Dr. Juan Antonio Cruz Parcero y, de 12:45 a 15:15 la conferencia taller “La argumentación en Materia de Hechos”, impartida por el Lic. Jaime Cicourel Solano.



Martes 3 de octubre: De 9:00 a 12:00 Conferencia – Taller “El juego de Argumentar”, impartida por el Dr. Rolando Tamayo y Salmorán.    

Miércoles 4 de octubre: De 9:00 a 12:00 Conferencia - Taller “Principios, Objetivos y derechos. Un replanteamiento”, impartida por el Dr. Juan Ruíz Manero; de 12:15 a15:00 Conferencia – Taller “Aplicación Judicial del Derecho”, impartida por el Dr. Javier Ezquiaga Ganuzcas.

Jueves 05 de octubre: De 9:00 a 12:00 hrs. Conferencia - Taller “Una teoría principalista de las lagunas”, impartida por el Dr. Juan Ruíz Manero, de 12:15 a15:00 Conferencia – Taller “La Argumentación en la Justicia Constitucional Mexicana”, impartida por el Dr. Javier Ezquiaga Ganuzcas.

Cabe mencionar que al proyecto de mejora en la especialización de los Tribunales Electorales, se encuentran incorporadas las entidades de Zacatecas, Chiapas, Estado de México, Quintana Roo, Hidalgo, Guerrero, Nuevo León, Chihuahua, Yucatán, San Luis Potosí, Querétaro y Colima.

Además, es interés del Tribunal Electoral del Estado de Colima, la especialización en la materia, y en ese sentido, al primer curso de interpretación y argumentación jurídica, asistieron los Magistrados René Rodríguez Alcaraz, Ángel Durán Pérez, Rigoberto Suárez Bravo y Julio César Marín Velásquez Cottier, los tres primeros numerarios el último, supernumerario, así como el proyectista licenciado Elías Sánchez Aguayo.

 

TALLER VIRTUAL DE NULIDADES

 

Por otra parte, cabe informar que con el objeto de fortalecer los conocimientos teóricos-prácticos del Sistema de Nulidades en Materia Electoral, tomando como base los diversos supuestos que se presentan en las legislaciones, tanto federal como locales, los magistrados numerarios y supernumerarios, además del personal jurídico que labora en este Tribunal Electoral, participaron del 13 de marzo al 02 de junio de 2006,  en el Taller Virtual de Nulidades 2006/1, que impartió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por conducto del Centro de Capacitación Judicial Electoral, el cual sirvió para acrecentar los conocimientos e intercambiar experiencias con académicos y Magistrados de la Salas Regionales del Tribunal Federal Electoral.

 

 

 

 

VI. BIBLIOTECA

 

En lo que respecta al acervo bibliográfico con el que cuenta este órgano jurisdiccional electoral, se continuó con el programa de adquisición de libros y publicaciones para la Biblioteca, además que se ha venido aprovechado la asistencia a cursos y talleres realizados en otras Entidades Federativas, para adquirir volúmenes que de otra manera resultaría difícil obtenerlos.

 

Esta compilación de importantes obras, revistas y folletos, ha sido posible gracias intercambio que hemos propiciado con los Tribunales y Salas Electorales de la Republica Mexicana, y además por las estrechas relaciones con diversas instituciones y organismos. A todos ellos les agradecemos los apoyos y envíos de las obras que producen, así como el material editorial que nos remiten.

 

No está por demás resaltar, que el incremento en el acervo bibliográfico, ha  resultado de importante relevancia para la preparación, actualización, y profesionalización del personal que labora para este Tribunal Electoral, el cual ponemos a disposición de los actores políticos, académicos, estudiantes y a la ciudadanía colimense en general.

 

VII. CELEBRACIÓN DE CONVENIOS

 

A fin de propiciar y abrir nuevos ámbitos en la materia de colaboración institucional, este Tribunal Electoral, suscribió el CONVENIO DE ADHESIÓN AL “FONDO MIXTO DE COOPERACION TÉCNICA Y CIENTÍFICA MÉXICO-ESPAÑA” con Nacional Financiera S.N.C., Fiduciaria del Fondo Mixto de Cooperación Técnica y Científica México-España, a efecto de formar parte del proyecto denominado “Mejora en la especialización de los Tribunales Electorales de las Entidades Federativas de la República Mexicana, en Materia Jurídica Electoral y de Gestión, ejecutado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la Agencia Española de Cooperación Internacional. 

 

Con motivo del citado instrumento convenido, como ya lo señale, participamos en el 1er. Curso de Interpretación y Argumentación Jurídica, que se celebró en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas.

 

La Presidencia, cumplió a cabalidad con las obligaciones y atribuciones que tiene encomendadas y que le impone el artículo 322 del Código Electoral del Estado de Colima, así como de aquellas emanadas de las demás leyes, reglamento y acuerdos plenarios aplicables; por su parte  la Secretaría General de Acuerdos, cumplió eficientemente con sus obligaciones y para afrontar el proceso electoral, no se le contrato personal alguno, se apoyó con el personal administrativo que cuenta con conocimientos jurídicos, estudiantes o pasantes de la carrera de abogado, a quienes se habilitó para que desempeñaran funciones de Oficialía de Partes, Actuaría y Archivo, a fin de estar en aptitud de cubrir todas las áreas que comprende la Secretaría General de Acuerdos, dictando un total de 513 Acuerdos, 48 oficios, se convocó a 35 sesiones públicas ordinarias y 30 sesiones públicas extraordinarias, podemos afirmar que el personal administrativo resultó apto y eficiente para el desarrollo de las labores, por lo que este momento se les agradece su dedicación y esmero que coadyuvó para que la labor del Tribunal fuera eficaz y eficiente.

 

La Actuaría, se encargó de practicar las notificaciones en tiempo y forma, notificando a más tardar al día siguientes en que se dicto la resolución, practicándose, 127 notificaciones personales, 48 por estrado y 25 por oficio. 

 

D. Archivo

 

Por lo que respecta al archivo, su función consiste principalmente en el control y resguardo de aquellos expedientes integrados con motivo de la tramitación y resolución de los asuntos sometidos a la jurisdicción del Tribunal Electoral, que concluyeron por resolución, desechamiento, sobreseimiento y otras causas, además de toda la documentación inherente a la actividad jurisdiccional.

 

Además de ello, se reordenaron y actualizaron los inventarios de los anteriores procesos electorales correspondientes a los años 1997, 2000, 2003 y por supuesto los actuales, con el fin de que estén a disposición de los interesados para consultarlos en los términos de la normatividad que se deriva del REGLAMENTO INTERNO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COLIMA

 

XI. MENSAJE FINAL

 

Señores Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Colima, estimados invitados, señoras y señores:

 

Ha concluido una vez más, una importante etapa en el trabajo desarrollado por nuestra institución. En este informe he dado cuenta de manera sucinta de las labores y resultados alcanzados durante el pasado proceso electoral, por lo que podemos sentirnos satisfechos más no indiferentes, porque aun quedan muchas tareas pendientes por emprender, y otras que seguramente emanarán del análisis y evaluación del proceso, por parte de los actores políticos de la Entidad.

 

A partir de los resultados que arrojó el proceso comicial, se puede afirmar que todos los actores políticos, las instituciones y órganos electorales cumplimos con nuestra labor, como también lo hizo el pueblo de Colima, tanto al participar como funcionarios de casilla, como al acudir a las urnas a depositar su voto, circunstancias que propició una real y legal competencia electoral.

 

Válidamente podemos apuntar que la transición de los poderes públicos que fueron materia de las elecciones ordinarias pasadas, se llevaron a cabo conforme a los procedimientos y normas que las leyes establecen, lo que favoreció un clima de paz, transparencia y legalidad.

 

Resulta obligado reconocer que los resultados tan equilibrados de las elecciones, originaron momentos difíciles en los que salieron a relucir diferencias e inconformidades respecto de algunos de ellos, sin embargo, es loable advertir que la voluntad y decisión de los actores políticos, (partidos y candidatos), se puso de manifiesto, puesto que con un grado de madurez cívica, política y de pleno respeto a las leyes, acudieron a la vía jurisdiccional para resolver sus diferencias, obteniendo o no sentencias favorables a sus pretensiones, pero respetando y acatando los fallos dictados en las diversas instancias de la autoridad jurisdiccional electoral, cuando les fueron adversos.

 

Como ocurre en cada proceso electoral, surgen nuevos desafíos que nos enfrentan a hipótesis o casos atípicos, para los cuales la ley en la materia resulta en ocasiones insuficiente. Aunado a esto, se generan constantemente los nuevos criterios que sustenta la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver los juicios sometidos a su jurisdicción, lo que mueve a los operadores jurídicos para que reflexionemos sobre la conveniencia de adaptar nuestra legislación, para estar a tono con la dinámica que envuelve la materia electoral, por nuestra parte seguiremos preparándonos para afrontar los procesos comiciales venideros en beneficio de la sociedad colimense.

 

Los que integramos este órgano especializado en la materia electoral, debemos seguir en la ruta de la profesionalización, para que la sociedad siga confiando en esta institución, confianza que debe estar basada en la independencia y el correcto y legal actuar de sus integrantes.

 

Para todos los ciudadanos debe de quedar claro, que unas elecciones auténticas dan lugar a legítimos gobernantes, de ahí, la importancia de contar con autoridades administrativas y jurisdiccionales electorales, que velen por el valor fundamental del voto libre, secreto y directo como la única fuente real y jurídica de la voluntad popular.

 

Por último, sólo me resta, a nombre de los Magistrados y demás servidores públicos de este Tribunal, reiterar a todo el pueblo de Colima, el compromiso de desempeñar las funciones, con estricto apego a los mandatos que la ley nos impone y ratificar en este acto solemne, que si tuviéramos la oportunidad de volver a resolver las impugnaciones que nos fueron planteadas, lo haríamos en el  mismo sentido como órgano autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones.

 

¡Muchas gracias!